Desde el Consejo Federal le confirmaron a Interior Futbolero que se levantaba la suspensión a la Liga a raíz del fin de la intervención a San Luis F.C. Irán por la normalización del Club.
La resolución gubernamental:
DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 035 -DPJ-2024
San Luis, 7 de febrero de 2024
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el legajo/archivo N° LPJ 4/23 correspondiente
a la “ASOCIACIÓN CIVIL SAN LUIS FÚTBOL CLUB” con domicilio en Av. Universitaria S/N de la Ciudad de La Punta; y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 29 de diciembre de 2023, mediante Resolución N° 414-DPJ2023, se dispuso la Intervención administrativa de la entidad, ya que del análisis de la documentación obrante en el legajo se puedo concluir que existió un movimiento muy importante de fondos públicos desde el Gobierno de la provincia a través de la Secretaría de Deportes y/o el Ente Deporte San Luis cuya responsable era la entonces Secretaria de Deportes Sra. Ramírez hacia la entidad presidida también por la Sra. Ramírez.
Que esas circunstancias derivaron en la interposición de denuncia penal en contra de la Sra. Ramírez, que es materia de investigación judicial. Que desde esta Dirección se realizó inspección en el domicilio declarado como sede social de la entidad, teniendo como resultado que allí no funcionaba sede social, administración, ni ningún otro espacio ocupado por la misma. Que los testigos allí interrogados manifestaron que “nunca” funcionó allí el club, sin embargo, a fs. 186 corren agregadas por las autoridades de la entidad, copias de Actas de Comisión Directiva N° 11 de fecha 8/11/2023 y N° 12 de fecha 1/12/2023 confeccionadas a partir de reuniones en esa supuesta sede social declarada.
Que la inspección ordenada mediante Resolución N° 398-DPJ- 2023, tenía por objeto recabar documentación y practicar examen de libros a fin de tomar conocimiento de la real situación institucional y patrimonial de la entidad, como así también para disponer las medidas tendientes a la protección y trazabilidad de dinero y bienes aportados. Que de la documental agregada surgió que existen numerosos bienes, entre ellos un ómnibus y que esta Dirección desconocía dónde se encuentran o sí los mismos existen ya que no se hallan
en la sede social.
Que ante el desconocimiento de dónde funcionaba la asociación o sí funcionaba, fue necesario y urgente el dictado de la medida administrativa de intervención en resguardo y protección del interés público, tendiente a conocer la situación patrimonial, económica e institucional, ante la posible comisión de ilícitos penales e irregularidades graves, posibilitando comprobaciones de las que surja la real situación de la entidad asociativa.
Que a fs. 271, con fecha 25 de enero de 2024, los señores Interventores de la entidad presentan Informe de Gestión desde el inicio de su gestión a la fecha de presentación, en el que manifiestan: “Que en virtud de la Resolución precedentemente mencionada, asumimos el compromiso de llevar a cabo las tareas necesarias para la continuidad de la Asociación Civil San Luis Fútbol Club, en adelante SLFC, y su participación en los próximos torneos que deberá afrontar tanto a Nivel Local como Nacional, en las categorías de primera división como así también en Infanto Juvenil, de dicha institución. Teniendo en cuenta el contexto, de que a los cinco días de gestión se conoce que desde AFA se solicitaba el cese de la intervención, y cinco días después se dispuso la suspensión de la Liga Sanluiseña de Futbol, no obstante lo sucedido, las actividades realizadas por esta Intervención fueron las siguientes: Al momento de asumir como Interventores nos dirigimos a la Secretaría de Deportes dondeluego de reunirnos con distintos empleados, nos brindaron información sobre las becas de desarrollo que cobraron durante el 2023 las jugadoras del plantel
del SLFC y algunos miembros del Cuerpo Técnico, cuya copia se acompaña a la presente. Nos entrevistamos con su Capitana y referente Jesica Alaniz, para interiorizarnos sobre el lugar donde vivían, quienes eran las jugadoras que tenían intenciones de continuar y quienes habían sido apartadas del plantel, lugares que entrenaban, lugar donde habitualmente se alojaban en los viajes y todo lo relacionado a como se venía manejando el SLFC durante la temporada 2023. En función de la información recabada por una de las principales protagonistas, donde nos expresó que en su gran mayoría las jugadoras del plantel profesional vivían en el Ave Fénix, con excepción de 3 (tres) jugadoras que vivían en las residencias de la ULP y 1 (una) en una cabaña de Potrero de los Funes, se tomó la decisión que el plantel que seguía en la Ciudad de San Luis, casi en su totalidad, con la excepción de quienes tuviese lugar propio de alojamiento, vivieran en los departamentos de la Universidad de la Punta, para lo cual se cursó nota al Rector de la ULP, solicitando becas de alojamiento en las residencias, cuya copia se acompaña a la presente. Además de la vivienda se les consiguió a las jugadoras antes mencionadas, el almuerzo y la merienda diaria en un principio, y luego se les incluyó la cena. Se gestionó también la atención médica por parte del Departamento de kinesiología del Campus, de cuatro jugadoras del plantel profesional que venían con problemas físicos de la temporada anterior. Debido a la suspensión de la Liga Sanluiseña de Fútbol por parte de AFA, no se podía avanzar en la firma de contratos de las jugadoras ni de ningún miembro del Cuerpo Técnico y demás integrantes del plantel profesional del SLFC, por lo tanto mantuvimos conversaciones con los distintos protagonistas, vía telefónica y luego personalmente, con respecto a sus pretensiones económicas a fin de elevar presupuesto a la Secretaría de Deportes y así evaluar las posibilidades de acuerdo a lo que podría afrontar el SLFC en la temporada 2024. Nos comunicamos con los representantes de las dosjugadoras extranjeras que tenía el plantel profesional durante el 2023, Mariana Zarraga (México) y Nikol Laurnaga (Uruguay), para conocer pretensiones al igual que en los casos anteriormente mencionados. Asimismo, mantuvimos también comunicación telefónica con el Coordinador de Inferiores, debido a que este año las divisiones Sub 19, Sub 16 Y Sub 14 participarán de un torneo a nivel Nacional.Se hizo un cruzamiento de datos con el Ministerio de Desarrollo y se pudo constatar que algunos miembros del Cuerpo Técnico, utilería, profesores de Inferiores y alguna Jugadora, habían sido incluidos en el Plan de Inclusión Social a partir del día 6/12/2023, cuya copia se acompaña a la presente. De acuerdo a lo solicitado por el preparador físico del SLFC, durante la temporada 2023, el profesor Kevin Pizarro, nos interiorizamos sobre los planes de pretemporada 2024 y realizamos las gestiones ante el Director del Campus “Arturo Rodríguez Jurado”, el Sr Jorge Villegas, solicitando las instalaciones para llevar a cabo dicha pretemporada, cuya copia se acompaña a la presente. Mantuvimos reuniones en las residencias con las jugadoras alojadas a los fines de brindarles
contención en función de la incertidumbre propia de la situación que se estaba viviendo por la suspensión de la Liga y comenzamos a realizar la gestión sobre el posible Psicólogo que podría integrar parte del cuerpo técnico del plantel profesional del SLFC. El día 22/01/2024, nos constituimos con el Escribano de Gobierno, en el domicilio de calle Sarmiento entre Centenario y Tucumán, a fin de recibir las llaves y documentación correspondiente al colectivo marca VOLVO, Modelo B 450 R 6×2, Dominio AC185LG, adquirido por la ex Presidente de SLFC, donde solamente pudimos constatar que el colectivo se encontraba en lugar indicado y que sería el vehículo mencionado, toda vez que no se hizo presente ninguna autoridad de la anterior Comisión Directiva para la entrega de la documentación correspondiente. Que el día 24/01/2024, nos constituimos con el Escribano de Gobierno de la Provincia, en el Campus de la Universidad de La Punta a fin de recepcionar el colectivo. Se hizo presente el Sr. Agustín Alessio, ex vicepresidente de SLFC, y se procedió a dejar constancia de la entrega de la llave de arranque del colectivo, faltando la llave de apertura y cierre de las puertas. Le solicitamos la documentación del vehículo y nos manifiesta que están en poder del gestor, motivo por el cual nos comunicamos con el Sr. Víctor Jofré,
quien nos envía foto de la constancia de inicio de trámite de transferencia del vehículo. Asimismo nos contactamos con la productora de seguros, Sra. Rosana Argumedo, quien nos envía vía whatsapp la póliza de seguro del ómnibus y el cupón de pago correspondiente al mes vigente. También se procedió a constatar en un depósito del campus la existencia de material deportivo, insumos médicos, indumentaria, mobiliario, alimentos, etc que pertenecerían a SLFC y se coordinó la realización de un inventario debido a la numerosa cantidad de los mismos. Que el Sr. Agustin Alessio nos manifestó que se encuentran en poder de los ex directivos del SLFC, indumentaria y elementos deportivos (GPSy otros), comprometiéndose a entregarlos a fin de sumarlos al inventario antes mencionado. Que en el día de la fecha nos notificamos del Decreto Nº 573 – SGG –SD-2024 y dando cumplimiento a la intimación cursada, procedemos a la entrega del vehículo, marca VOLVO, Modelo B 450 R 6×2, Dominio AC185LG, a la Secretaría de Deportes de la Provincia, constituyéndonos a tal fin junto al Escribano de Gobierno de la Provincia en el Ave Fénix, sito en Avenida Viento del Chorrillero s/n, Juana Koslay”.
Que a fs. 276 se adjunta Acta de Constatación N° 37, labrada por el Sr. Escribano General de Gobierno Juan José Laborda Ibarra de entrega de vehículo de pasajeros de los Interventores de la entidad a favor de la Secretaría de Deportes provincia de San Luis. En la misma se hace referencia a que ante el dictado de Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 573-SGG-SD-2024 los Interventores hacen en ese acto formal entrega a la secretaría de Deportes de la tenencia del vehículo automotor de pasajeros Marca Volvo Dominio AC185-LG. Que hacen entrega en el mismo estado que les fue entregado en el día de ayer por el señor Agustín Alessio con DNI 34.877.372, en su carácter de Vicepresidente de la anterior comisión del citado Club. Agrega el Sr. Rivero que a los efectos de la intimación efectuada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 573/2024 el valor del mismo será determinado oportunamente por un Matriculado perteneciente al Colegio Público de Martilleros de San Luis.
Que a fs. 279 obra copia del Decreto N° 573-SGG-SD-2024 en el que en sus considerandos se manifiesta que el subsidio otorgado mediane Decreto N°11596-SGG-2023 por la suma de Pesos Doscientos Noventa Millones ($ 290.000.000) a la entidad presidida por la señora Cintia Ramírez, resulta a todas luces incompatible con el cargo que la misma desempeñaba en la Secretaría de Deportes ya que el gasto se erogó de la partida presupuestaria de éste
Organismo y evidentemente éste último revistió el carácter de unidad ejecutora. Se manifiesta también que advertida esta irregularidad se efectuó formal denuncia contra la señora Ramírez. Disponiendo la revocación del decreto N° 11596-SGG-2023 por el cual se otorgó el subsidio e intimar a la entidad de referencia al reintegro de los fondos recibidos en ese concepto por la suma de Pesos Doscientos Noventa Millones ($ 290.000.000).
Que en esa instancia se concluyó que los señores Interventores lograron conocer la situación de la entidad en cuanto a sus actividades deportivas, institucionales y a la existencia de bienes y considerando que el objeto de la medida administrativa excepcional de intervención se había cumplido se dictó Resolución N° 025-DPJ-2024, mediante la cual se disposo finalizar el proceso de intervención administrativa de la entidad a través de la realización de asamblea general de asociados de la que surjan autoridades que conduzcan
la asociación civil, convocando a Asamblea de Oficio para el día viernes 2 de febrero de 2024 a las 18:00 Hs. en las dependencias de esta Dirección, a fin de tratar del siguiente Orden del Día: 1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta junto al presidente y secretario electos. 2)Fijación de domicilio de la sede social y 3) Designación de miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas.
Que fs. 306 obra acta de asamblea de oficio en la que consta que transcurrida una hora desde la fijada para la celebración de la asamblea, no se han presentado asociados, por lo que ante la imposibilidad de llevar adelante dicho acto se da por finalizada.
Que a la fecha la entidad se encuentra sin autoridades que la gestionen por el fracaso de la asamblea; siendo necesario finalizar el proceso de intervención administrativa.
Que la Resolución General N° 38-DPCyFPJ -2018, en su Art. 83 y ss. determina para casos como el presente el denominado Proceso de Normalización: “La Dirección tiene con respecto a las asociaciones civiles y fundaciones la facultad de designar una Comisión Normalizadora o Delegado Normalizador, de oficio o a petición escrita de 10 interesados, fundando los motivos de la misma, sugiriendo la persona del normalizador y acompañando copia simple del D.N.I. del mismo y la respectiva tasa administrativa.- El Instituto tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a asamblea general extraordinaria en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo. Se podrá solicitar prórrogas por razones fundadas, quedando a criterio de la Dirección su otorgamiento y el plazo de la misma”.
Que en consecuencia resulta necesario finalizar la Intervención Administrativa de la entidad a través del nombramiento de un Normalizador que lleve adelante el proceso de regularización hasta que la misma posea autoridades electas en una asamblea general de asociados.
Que dado que la asociación civil es un club deportivo dedicado a la práctica del fútbol y se encuentra asociada a una entidad de grado superior, que posee conocimiento acabado sobre las prácticas deportivas y el funcionamiento interno de la misma, es conveniente que sea esta persona jurídica quien la normalice.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004;
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ART. 1°: PROCEDASE AL LEVANTAMIENTO de la INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA de la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL SAN LUIS FÚTBOL CLUB” dispuesta mediante Resolución N° 414-DPJ-2023, fecha 29 de diciembre de 2023.-
ART. 2°: Disponer la NORMALIZACIÓN, de la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL SAN LUIS FÚTBOL CLUB” entidad con Personería Jurídica otorgada mediante Resolución N° 04-DPCyFPJ 2023, en los términos del Art. 83 y ccs. De la resolución General N° 38- DPCyFPJ -2018
ART 3°: Designar en el carácter de NORMALIZADOR al CONSEJO FEDERAL DE LA ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO, por un plazo de CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por el mismo término por causas que así lo justifiquen.
ART. 4°: NOTIFIQUESE; publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia; comuníquese y una vez cumplimentado, archívese.
MARIA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e y v: 09 Feb.
La respuesta del Consejo Federal



