EXPEDIENTE Nº 5200 /24 – TORNEO REGIONAL FEDERAL AMATEUR 2024/25.
Ref.: Club Sportivo Racing de Ojo de Agua (La Quiaca) s/ Partido suspendido.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 14 de Noviembre de 2024.
VISTO:
El informe efectuado por el árbitro Sr. Sergio Sebastián López, producido con motivo del partido que debía disputarse en fecha 10/11/2024, entre el Club Sportivo Racing de Ojo de Agua, afiliado a La Liga Puneña de Futbol vs el Club Independencia de Humahuaca afiliado a la Liga Quebradeña de Fútbol, correspondiente a la 5ta. fecha, Zona 9, Región Norte, del Torneo Regional Federal Amateur 2024, mediante el cual nos hace saber que: “Siendo las horas 16:15 el club Independencia (Humahuaca) NO presentó la documentación correspondiente planilla Comet, ni carnet (DNI). Luego de haber esperado un tiempo prudencial se aviso al capitán del club local que debido a lo acontecido no se jugaría el encuentro...”(sic); y, CONSIDERANDO: Que, corrido el traslado del informe al Club Independencia por intermedio de la Liga Quebradeña de Fútbol, para que ejerciera su derecho de defensa, y no habiéndose recibido hasta la fecha descargo alguno de parte del encartado, corresponde darle por decaído el derecho que ha dejado de usar y juzgar su conducta en rebeldía. Se presentaron ante el Tribunal los directivos del Club Sportivo Racing de Ojo de Agua, quienes manifestaron que “…horas 15:00 arribaron los árbitros del encuentro por lo cual el director técnico de nuestra institución fue a presentar la planilla de comet los carnet para la verificación de los jugadores, no estando presente ningún integrante del equipo rival, por lo cual nuestro director técnico 15:11 efectúa comunicación telefónica con la presidenta del club Independencia Cintia Liquin quien le refiere ya llegan mis jugadores. Luego horas 15:40 arriban los jugadores visitantes dirigiéndose al vestuario y su director técnico a hablar con los árbitros, por lo cual el árbitro nos indicó que el encuentro se demoraría quince minutos, por lo cual 16:15 hacen ingreso los árbitros al campo de juego donde los jugadores de mi institución ingresan a campo de juego es así que el árbitro principal señala que el encuentro ha terminado, ya que el club visitante no había presentado planilla de juego y documentación de sus jugadores, ante esto desde nuestra institución se entablo comunicación con los árbitros para que se juegue en encuentro deportivo ya que había muchos simpatizantes de nuestro club, como así los gastos en hospedaje de los árbitros que es de ciento sesenta y ocho mil con siete ($168.007), gastos en adicionales de policías por el monto de cincuenta y cuatro mil pesos ($54.000.) como así también pago de los árbitros que es de quinientos sesenta mil pesos ($560.000), todos estos gastos se tuvo que pagar por parte de mi club, aclarando que las entradas fueron devueltas para evitar incidentes. Por lo cual elevo mi reclamo para que el concejo federal tome cartas en asunto por todos los daños y perjuicios ocasionados por la no presentación del Club Independencia de Humahuaca.
A todo esto ellos alegan que nunca de les aviso el horario del encuentro por eso su demora en presentación de planilla y documentación, a todos esto es de conocimiento que el encuentro se programa y se puede visualizar en sistema comet el día y horario desde el día miércoles 6 del corriente mes y año. Por todo lo expuesto se dañó este torneo ya que en todos los medios locales y de la provincia salió que se suspendía el encuentro, con esto generando daños y perjuicios para nuestra institución...”.
RESULTANDO:
Que, el informe que confecciona la árbitro constituyen para el Tribunal semiplena prueba de lo que en ellos se consigna y sólo mediante el aporte de prueba directa en contrario podrá desacreditar ese valor asignado.-
Que, el artículo 109 del RTP establece que corresponde la pérdida del partido y multa al club cuyo equipo no se presente a las órdenes del árbitro dentro del plazo perentorio de quince minutos contados desde la hora oficialmente fijada para la iniciación del mismo. Asimismo, el Art. 73 del reglamento correspondiente al Torneo Regional Federal Amateur 2.024, dispone que “La NO PRESENTACIÓN de equipo a cualesquiera de los partidos dará lugar a: a) La aplicación de las prescripciones contenidas en el art. 109° del Reglamento de Transgresiones y Penas. b) El reintegro de gastos por parte del Club infractor a su ocasional rival, según se indica: ... b.2 - Cuando el infractor no se presente a partido en el cual debía actuar como visitante deberá reintegrar a su ocasional rival los gastos que demandó la organización del partido. Estos gastos deberán demostrarse con la presentación de los respectivos comprobantes. Que, ante la situación constatada por la autoridad del partido, el mismo deberá darse por perdido al club visitante y registrar el resultado de conformidad a lo que establece el art. 152 del RTP, además de la multa y reintegro de gastos al club local. Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior;
RESUELVE:
1°) Dar por perdido el partido al club Independencia de Humahuaca afiliado a la Liga Quebradeña de Fútbol, que debía disputar el día 10/11/2024, versus el Club Sportivo Racing de Ojo de Agua, afiliado a La Liga Puneña de Futbol, correspondiente a la 5ta. fecha, Zona 9, Región Norte, del Torneo Regional Federal Amateur 2024, por no se presentarse a las órdenes del árbitro (Arts. 32, 33 y 109 del RTP y 73 del RTRFA).-
2°) Registrar el siguiente resultado: Club Sportivo Racing de Ojo de Agua: un -1- gol vs Club Independencia de Humahuaca: cero -0- gol (Art. 152 del RTP).-
3°) Sancionar al Club Independencia de Humahuaca, con MULTA de v.e. 575 (Arts. 32, 33 y 109 del RTP).-
4°) Reintegrar el Club Sportivo Racing de Ojo de Agua, los gastos que demandó la organización del partido, los que deberán demostrarse con la presentación de los correspondientes comprobantes (Arts. 32, 33 del RTP y 74 inc. b.2 del RTRFA).-
5°) Notifíquese, regístrese y archívese (Arts. 41, 42 y 43 del RTP).